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Ley
Reglamento del Consejo Consultivo Ciudadano del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal
Artículo
41

Artículo 41 del Reglamento del Consejo Consultivo Ciudadano del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cada una de las cinco personas o equipos que representan al Consejo deben llevar las opiniones y decisiones del Consejo ante la Junta, para que ambas partes trabajen bien juntas y no se estorben. Así se aseguran de que haya buena comunicación y coordinación entre el Consejo y la Junta.

Texto oficial

ARTÍCULO 41. Las cinco representaciones del Consejo llevarán ante la Junta, las posturas del Consejo, a efecto de que exista una adecuada coordinación entre ambas instancias.

Ver texto oficial del Reglamento del Consejo Consultivo Ciudadano del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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