- Ley
- Reglamento del Consejo Consultivo Ciudadano del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal
- Artículo
- 41
Artículo 41 del Reglamento del Consejo Consultivo Ciudadano del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cada una de las cinco personas o equipos que representan al Consejo deben llevar las opiniones y decisiones del Consejo ante la Junta, para que ambas partes trabajen bien juntas y no se estorben. Así se aseguran de que haya buena comunicación y coordinación entre el Consejo y la Junta.
Texto oficial
ARTÍCULO 41. Las cinco representaciones del Consejo llevarán ante la Junta, las posturas del Consejo, a efecto de que exista una adecuada coordinación entre ambas instancias.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.