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Ley
Reglamento del Consejo Consultivo Ciudadano del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal
Artículo
44

Artículo 44 del Reglamento del Consejo Consultivo Ciudadano del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para cambiar las reglas de este reglamento, debe estar presente más de la mitad de los Consejeros. Se necesita que asistan al menos la mitad más uno del total. Sin esa cantidad de personas, no se puede votar ninguna modificación. Es como una regla para asegurar que haya suficientes voces en la discusión.

Texto oficial

ARTÍCULO 44. Para aprobar propuestas de modificación a este Reglamento se requiere de la presencia de la mitad más una de las Consejeras (os).

Ver texto oficial del Reglamento del Consejo Consultivo Ciudadano del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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