- Ley
- Reglamento del Consejo Consultivo Ciudadano del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal
- Artículo
- 45
Artículo 45 del Reglamento del Consejo Consultivo Ciudadano del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejero o Consejera Presidenta lleva las propuestas de cambio al Pleno, que es la reunión de todos los consejeros, para que ellos decidan si las aprueban o no. Esto significa que solo esa persona puede presentar las modificaciones, pero la decisión final la toma el grupo completo. En otras palabras, nadie más puede meter una propuesta directa, todo pasa primero por la Presidenta o Presidente del consejo.
Texto oficial
ARTÍCULO 45. Las propuestas de modificación se presentarán por la Consejera (o) Presidenta (e) ante el Pleno para su aprobación.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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