- Ley
- Reglamento del Consejo Consultivo Ciudadano del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal
- Artículo
- 46
Artículo 46 del Reglamento del Consejo Consultivo Ciudadano del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La presidenta o presidente del organismo, una vez que ya se aprobaron los cambios sugeridos, los lleva ante la Junta para que den su visto bueno final. O sea, primero se aceptan las propuestas de modificación y luego se pasan a la Junta para que las avale de manera definitiva.
Texto oficial
ARTÍCULO 46. Aprobadas las propuestas de modificación la Presidenta (e) e las presentará ante la Junta para su aprobación definitiva.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.