- Ley
- Reglamento Del Consejo Para El Desarrollo Urbano Sustentable Del Distrito Federal
- Artículo
- 16
Artículo 16 del Reglamento Del Consejo Para El Desarrollo Urbano Sustentable Del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo tiene dos tipos de reuniones. Las ordinarias son las que se hacen cada tres meses, como mínimo una vez por trimestre. Las extraordinarias son reuniones especiales que el Presidente o el Coordinador pueden convocar cuando lo crean necesario, o también cuando más de la mitad de los miembros permanentes (el 50% más uno) se lo pidan.
Texto oficial
Artículo 16. Las sesiones del Consejo se clasifican en: Ordinarias, las que deban celebrarse periódicamente, por lo menos una cada tres meses, y Extraordinarias, las que convoque el Presidente o el Coordinador del Consejo cuando lo estime necesario o, en su caso, cuando se lo solicite el cincuenta por ciento más uno de los Integrantes Permanentes.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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