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Ley
Reglamento Del Consejo Para El Desarrollo Urbano Sustentable Del Distrito Federal
Artículo
17

Artículo 17 del Reglamento Del Consejo Para El Desarrollo Urbano Sustentable Del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que una sesión del Consejo sea válida, se necesita la presencia de más de la mitad de sus miembros, exactamente la mitad más uno. Además, es obligatorio que esté presente el Presidente del Consejo o el Coordinador; sin ellos, aunque haya suficientes personas, la sesión no puede empezar ni tomar decisiones. En otras palabras, no basta con que llegue mucha gente, también debe estar quien dirige.

Texto oficial

Artículo 17. El Quórum de las sesiones será del cincuenta por ciento más uno del total de los integrantes del Consejo, siempre y cuando se encuentre presente el Presidente del Consejo o el Coordinador.

Ver texto oficial del Reglamento Del Consejo Para El Desarrollo Urbano Sustentable Del Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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