- Ley
- Reglamento Del Consejo Para El Desarrollo Urbano Sustentable Del Distrito Federal
- Artículo
- 17
Artículo 17 del Reglamento Del Consejo Para El Desarrollo Urbano Sustentable Del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para que una sesión del Consejo sea válida, se necesita la presencia de más de la mitad de sus miembros, exactamente la mitad más uno. Además, es obligatorio que esté presente el Presidente del Consejo o el Coordinador; sin ellos, aunque haya suficientes personas, la sesión no puede empezar ni tomar decisiones. En otras palabras, no basta con que llegue mucha gente, también debe estar quien dirige.
Texto oficial
Artículo 17. El Quórum de las sesiones será del cincuenta por ciento más uno del total de los integrantes del Consejo, siempre y cuando se encuentre presente el Presidente del Consejo o el Coordinador.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.