- Ley
- Reglamento del Consejo de Publicidad Exterior del Distrito Federal
- Artículo
- 23
Artículo 23 del Reglamento del Consejo de Publicidad Exterior del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las juntas o reuniones se hacen normalmente en las oficinas de la Secretaría, a menos que en la invitación el Consejero Presidente diga que van a ser en otro lugar.
Texto oficial
Artículo 23. Las sesiones se llevarán a cabo en las instalaciones de la Secretaría, salvo que en la convocatoria correspondiente el Consejero Presidente señale un lugar distinto para su celebración. Capítulo Cuarto De la convocatoria a las sesiones
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