- Ley
- Reglamento del Consejo de Publicidad Exterior del Distrito Federal
- Artículo
- 48
Artículo 48 del Reglamento del Consejo de Publicidad Exterior del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los consejeros (las personas que toman decisiones en una junta) votan alzando la mano o diciendo en voz alta si están "a favor" o "en contra" de lo que se está proponiendo. El secretario técnico, que es como el encargado de tomar nota, anota en un documento oficial quiénes votaron y qué fue lo que votaron. Así queda un registro claro de lo que decidió cada quién.
Texto oficial
Artículo 48. Los Consejeros emitirán su voto levantando la mano o expresando verbalmente “a favor del proyecto”, “en contra del proyecto”, o expresiones similares. El Secretario Técnico registrará en el acta de la sesión los nombres de los votantes y el sentido de sus votos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.