- Ley
- Reglamento de Escalafón de los Trabajadores de Base de la Administración Pública del Distrito Federal
- Artículo
- 5
Artículo 5 del Reglamento de Escalafón de los Trabajadores de Base de la Administración Pública del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si un puesto de trabajo queda vacante, tienes derecho a subir a ese puesto si eres trabajador de base (es decir, no eres de confianza ni temporal) y siempre que trabajes en el puesto que está justo debajo del que se va a ocupar. Además, debes tener al menos seis meses con tu puesto asegurado (no en prueba o provisional). Esto se hace siguiendo las reglas de la Ley y del contrato general de trabajo.
Texto oficial
ARTICULO 5º.- El derecho de ascenso corresponde a los trabajadores de base del puesto inmediato inferior al puesto vacante, y con un mínimo de seis meses con carácter definitivo en la plaza que ocupan, conforme a lo que establecen la Ley y las Condiciones Generales.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.