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Ley
Reglamento de Escalafón de los Trabajadores de Base de la Administración Pública del Distrito Federal
Artículo
6

Artículo 6 del Reglamento de Escalafón de los Trabajadores de Base de la Administración Pública del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que te asciendan en el trabajo, van a evaluar cuatro cosas: lo que sabes (tus conocimientos), tu capacidad para hacer bien tus labores (aptitud), qué tan responsable eres con las reglas y el horario (disciplina y puntualidad), y el tiempo que llevas trabajando ahí (antigüedad). Todo esto se hace siguiendo lo que dice la Ley y el Reglamento, así que no es al aventón.

Texto oficial

ARTICULO 6º.- El ascenso de los trabajadores se determinará mediante la evaluación de los siguientes factores escalafonarios:   I. Conocimientos II. Aptitud III. Disciplina y puntualidad, y IV. Antigüedad   En los términos señalados en la Ley y el presente Reglamento.

Ver texto oficial del Reglamento de Escalafón de los Trabajadores de Base de la Administración Pública del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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