- Ley
- Reglamento de Escalafón de los Trabajadores de Base de la Administración Pública del Distrito Federal
- Artículo
- 6
Artículo 6 del Reglamento de Escalafón de los Trabajadores de Base de la Administración Pública del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para que te asciendan en el trabajo, van a evaluar cuatro cosas: lo que sabes (tus conocimientos), tu capacidad para hacer bien tus labores (aptitud), qué tan responsable eres con las reglas y el horario (disciplina y puntualidad), y el tiempo que llevas trabajando ahí (antigüedad). Todo esto se hace siguiendo lo que dice la Ley y el Reglamento, así que no es al aventón.
Texto oficial
ARTICULO 6º.- El ascenso de los trabajadores se determinará mediante la evaluación de los siguientes factores escalafonarios: I. Conocimientos II. Aptitud III. Disciplina y puntualidad, y IV. Antigüedad En los términos señalados en la Ley y el presente Reglamento.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.