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Ley
Reglamento que Establece el Procedimiento para la Conclución de la Carrera Policial de la Secretaria de Seguridad Pública del Distrito Federal
Artículo
17

Artículo 17 del Reglamento que Establece el Procedimiento para la Conclución de la Carrera Policial de la Secretaria de Seguridad Pública del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres policía y no pasas la evaluación de desempeño que pide la ley, se considera que no cumpliste con el requisito de permanencia. Eso significa que no puedes quedarte en el puesto. La evaluación se hace siguiendo las reglas que da la Secretaría. En pocas palabras, si no apruebas el examen de tu trabajo, pierdes el derecho a seguir siendo policía.

Texto oficial

Artículo 17. Incumple el requisito de permanencia por no aprobar el proceso de evaluación del desempeño a que se refiere el artículo 51, fracción VII de la Ley, el elemento policial que no acredite la evaluación del desempeño que se realice conforme a los lineamientos que emita la Secretaria. (Artículo reformado GODF 05/11/2010)

Ver texto oficial del Reglamento que Establece el Procedimiento para la Conclución de la Carrera Policial de la Secretaria de Seguridad Pública del Distrito Federal (pág. 5) ↗

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