- Ley
- Reglamento que Establece el Procedimiento para la Conclución de la Carrera Policial de la Secretaria de Seguridad Pública del Distrito Federal
- Artículo
- 18
Artículo 18 del Reglamento que Establece el Procedimiento para la Conclución de la Carrera Policial de la Secretaria de Seguridad Pública del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 18 dice que un policía pierde su derecho a seguir en el cargo si no pasa una prueba de drogas. Esto pasa cuando el resultado de la prueba sale positivo al consumo de sustancias como psicotrópicos, estupefacientes o drogas con efectos similares. La prueba la hace una institución oficial o un laboratorio médico autorizado en México, elegido por la Secretaría de Seguridad Pública. En pocas palabras, si un elemento policial da positivo en esa prueba, ya no puede continuar en su puesto.
Texto oficial
Artículo 18. Incumple el requisito de permanencia por no aprobar el proceso de evaluación toxicológica a que se refiere las fracciones IX y X, del artículo 51 de la Ley, el elemento policial que obtenga resultado positivo a consumo de substancias psicotrópicas, estupefacientes u otras que REGLAMENTO QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA LA CONCLUSIÓN DE LA CARRERA POLICIAL DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES produzcan efectos semejantes, conforme al dictamen practicado institución oficial o por laboratorio Médico autorizado para operar en México, designado por la Secretaría.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.