Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-fiscalizacion-instituto-electoral/206
- Ley
- Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México
- Artículo
- 206
Artículo 206 del Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Cuando termines de pagar un crédito, tienes que pedirle a la institución financiera que te dé una carta de cierre. Ellos tienen 15 días hábiles para entregártela y, si demoran más, pueden multarlos. Si se niegan a dártela, también se llevan una sanción. Con ese documento, puedes quedar libre de la deuda y limpiar tu historial crediticio.
Texto oficial
Artículo 206. De las gestiones de cierre.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.