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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-fiscalizacion-instituto-electoral/213
Ley
Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México
Artículo
213

Artículo 213 del Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 213 dice cuándo se echa a andar el proceso para cerrar y desaparecer a la Agrupación, que es como un grupo de personas o empresas. El artículo 214 explica cómo se lleva a cabo ese proceso, es decir, los pasos que se siguen para pagar deudas, vender lo que tenga la Agrupación y repartir lo que quede. Básicamente, es el plan para terminar sus asuntos y disolverse de manera legal.

Texto oficial

Artículo 213. Inicio del proceso de liquidación de la Agrupación. Artículo 214. Del proceso de liquidación de la Agrupación.

Ver texto oficial del Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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