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Ley
Reglamento para el Funcionamiento Interno de los Órganos de Representación Previstos en la Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México
Artículo
36

Artículo 36 del Reglamento para el Funcionamiento Interno de los Órganos de Representación Previstos en la Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión de Participación guarda todos los papeles de sus juntas, acuerdos y propuestas en un archivo. Ese archivo lo cuida el representante de la comisión o quien lo ayude, hasta que termine su tiempo en el cargo. Cuando acabe ese periodo, el archivo se entrega por escrito a la nueva comisión, con ayuda del personal de la Dirección Distrital. Cada año, antes de elegir al nuevo representante, la Dirección Distrital revisa que el archivo esté completo. Si alguien no lo cuida o no lo entrega como debe, cualquier miembro puede iniciar un proceso para ver quién tuvo la culpa.

Texto oficial

Artículo 36. El total del registro de propuestas, de toma de decisiones, de las reuniones y de toda la documentación que se generen al interior de la Comisión de Participación servirá para crear el Archivo de la Comisión de Participación de la UT. El archivo deberá ser resguardado en original por la persona representante de la Comisión de Participación respectiva, o en su caso, por la o las personas integrantes elegidas que lo auxilian en la conducción de los trabajos internos de la Comisión de Participación, hasta el término del período para el que fueron electas; posteriormente, dicho archivo será entregado mediante acta a la siguiente Comisión de Participación que sea electa, con el apoyo y la supervisión del personal de la Dirección Distrital. Previamente a la insaculación anual de la persona representante de la Comisión de Participación, la Dirección Distrital realizará una supervisión anual del archivo generado por el órgano de representación. En caso de incumplimiento a la integración, resguardo y/o entrega del archivo, se procederá al inicio del procedimiento de determinación de responsabilidades por cualquiera de las personas integrantes de la Comisión de Participación. Durante el último año de gestión, de la Comisión de Participación, el archivo será entregado mediante acta a la siguiente Comisión que sea electa, con el apoyo y la supervisión del personal de la Dirección Distrital. El archivo entregado será conservado durante la gestión de la siguiente Comisión de Participación electa.

Ver texto oficial del Reglamento para el Funcionamiento Interno de los Órganos de Representación Previstos en la Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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