- Ley
- Reglamento para el Funcionamiento Interno de los Órganos de Representación Previstos en la Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México
- Artículo
- 75
Artículo 75 del Reglamento para el Funcionamiento Interno de los Órganos de Representación Previstos en la Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para que una reunión sea legal, el aviso o invitación debe incluir el día, el lugar y la hora exacta donde se va a llevar a cabo. Además, ese aviso tiene que ir con un borrador de los temas que se van a tratar, el cual debe estar firmado por la mayoría de los miembros de la Junta de Representación. En pocas palabras, sin esos datos y sin las firmas suficientes, la reunión no se puede hacer.
Texto oficial
Artículo 75. La convocatoria deberá contener la fecha, lugar y hora de la celebración de la reunión e ir acompañada del proyecto de orden del día debidamente firmado por la mayoría de las personas integrantes de la Junta de Representación.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.