- Ley
- Reglamento de la Inspección Local del Trabajo en el Distrito Federal
- Artículo
- 21
Artículo 21 del Reglamento de la Inspección Local del Trabajo en el Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las visitas de inspección ordinarias son revisiones que hace el gobierno de manera regular, siguiendo un plan fijo, para checar que los negocios o empresas estén cumpliendo con las leyes del trabajo. También sirven para confirmar que ya se corrigieron fallas o violaciones a los derechos laborales que se hayan encontrado antes. Básicamente, es cuando un inspector llega a tu trabajo de forma planeada para ver si todo está en orden con tus condiciones laborales.
Texto oficial
Artículo 21.- Las visitas de inspección ordinarias son las que se practican periódicamente, atendiendo al programa de la Inspección para supervisar que las empresas o establecimientos cumplan con las normas de trabajo y para verificar la corrección de deficiencias o violaciones laborales que se hayan detectado.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.