- Ley
- Reglamento de la Inspección Local del Trabajo en el Distrito Federal
- Artículo
- 23
Artículo 23 del Reglamento de la Inspección Local del Trabajo en el Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Inspección (la autoridad que vigila que las empresas cumplan la ley) tiene que mantener al día un registro de todos los negocios que hay en la zona. También debe tener una lista que muestre cuántas veces cada empresa ha vuelto a cometer la misma falta, para saber cuáles son reincidentes. Básicamente, llevan un control de quién es y qué tan seguido se porta mal.
Texto oficial
Artículo 23.- La Inspección deberá mantener actualizado el padrón local de empresas y establecimientos, así como el catálogo por índice de reincidencias de violaciones. CAPITULO V DE LA PRACTICA DE LAS VISITAS DE INSPECCION
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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