- Ley
- Reglamento del Instituto Electoral de la Ciudad de México en materia de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas
- Artículo
- 12
Artículo 12 del Reglamento del Instituto Electoral de la Ciudad de México en materia de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Unidad de Transparencia es la oficina del Instituto Electoral que está en un lugar donde todos la puedan ver y entrar sin problemas. Ahí es donde tú puedes ir a pedir información pública y ellos se encargan de recibir y procesar tu solicitud.
Texto oficial
Artículo 12. La Unidad de Transparencia es la oficina del Instituto Electoral ubicada en un espacio visible y accesible al público, que se encarga de la recepción y trámite de las solicitudes de acceso a la información pública.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.