- Ley
- Reglamento del Instituto Electoral de la Ciudad de México en materia de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas
- Artículo
- 13
Artículo 13 del Reglamento del Instituto Electoral de la Ciudad de México en materia de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría Ejecutiva del Instituto Electoral se encarga de manejar la Unidad de Transparencia, que es donde puedes pedir información pública o proteger tus datos personales. Esto lo hace a través de una oficina específica llamada Oficina de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales. En pocas palabras, si necesitas ayuda con trámites de transparencia, esa oficina es la que te atiende.
Texto oficial
Artículo 13. El área responsable de operar la Unidad de Transparencia será la Secretaría Ejecutiva por conducto de la Oficina de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Instituto Electoral.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.