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Ley
Reglamento del Instituto Electoral de la Ciudad de México en materia de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas
Artículo
16

Artículo 16 del Reglamento del Instituto Electoral de la Ciudad de México en materia de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto Electoral y el Instituto de Transparencia van a trabajar juntos para dar capacitación constante a todos sus empleados. Esto lo hacen para que el personal aprenda sobre tu derecho a pedir información pública, cómo funciona un gobierno abierto y cómo las autoridades rinden cuentas. Para lograrlo, usarán los métodos que consideren más útiles, como cursos o talleres. En pocas palabras, buscan que quienes trabajan ahí sepan bien cómo garantizar que tú puedas acceder a la información del gobierno.

Texto oficial

Artículo 16. El Instituto Electoral, en coordinación con el Instituto de Transparencia, desarrollará las acciones para capacitar y actualizar de forma permanente a todo su personal, en materia de derecho de acceso a la información pública, gobierno abierto y rendición de cuentas, a través de los medios que se consideren pertinentes para tal efecto.

Ver texto oficial del Reglamento del Instituto Electoral de la Ciudad de México en materia de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.