- Ley
- Reglamento del Instituto Electoral de la Ciudad de México en materia de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas
- Artículo
- 43
Artículo 43 del Reglamento del Instituto Electoral de la Ciudad de México en materia de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Se llama información confidencial a los datos personales tuyos que pueden identificar quién eres, como tu nombre o dirección. También incluye secretos de empresas, como fórmulas o estrategias de negocio, y datos protegidos por derechos de autor, como canciones o libros. La información que los ciudadanos entregan al Instituto Electoral de manera privada también es confidencial, siempre que tengan derecho a hacerlo por ley. Esta información no tiene fecha de vencimiento y solo puedes verla tú, tu representante o algún funcionario público autorizado.
Texto oficial
Artículo 43. Se considera información confidencial: I.- La que contiene datos personales concernientes a una persona identificada o identificable; II.- La relativa a los secretos bancario, fiduciario, industrial, comercial, fiscal, bursátil y postal, cuya titularidad corresponda a particulares, sujetos de derecho internacional o sujetos obligados cuando no involucren el ejercicio de recursos públicos; III.- La protegida por la legislación en materia de derechos de autor o propiedad intelectual, y IV.- La que presenten los particulares al Instituto Electoral, con tal carácter, siempre que tengan el derecho a ello, de conformidad con lo dispuesto por las leyes o los tratados internacionales. La información confidencial no estará sujeta a temporalidad alguna y sólo podrán tener acceso a ella los titulares de la misma, sus representantes y las personas servidoras públicas facultadas para ello.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.