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Ley
Reglamento de Integración, Funcionamiento y Sesiones de los Consejos Distritales del Instituto Electoral del Distrito Federal
Artículo
48

Artículo 48 del Reglamento de Integración, Funcionamiento y Sesiones de los Consejos Distritales del Instituto Electoral del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Presidente de la Comisión Distrital tiene varias tareas antes, durante y después de las juntas. Antes de la junta, hace la lista de temas a tratar y prepara todos los papeles necesarios. También manda las invitaciones y los documentos que se van a revisar. Durante la sesión, pasa lista de quién llegó, declara cuándo empieza y termina, dirige la plática y da la palabra a quien la pida. Al final, registra los votos, escribe un resumen de lo que se acordó y entrega los reportes que le pida el Consejero Presidente.

Texto oficial

Artículo 48. Los Presidentes de las Comisiones Distritales tendrán las funciones siguientes: Elaborar el proyecto de orden del día de las sesiones; Preparar la documentación para la realización de las sesiones; Remitir las convocatorias y, en su caso, los documentos anexos; Declarar el inicio y término de las sesiones; Pasar lista de asistencia al inicio de cada sesión; Conducir las sesiones y conceder el uso de la palabra; Preparar y entregar oportunamente al respectivo Consejero Presidente Distrital, los informes que la Comisión Distrital deba rendir al Consejo Distrital; Tomar las votaciones en los asuntos que así lo ameriten al interior de la Comisión Distrital; Elaborar la minuta de cada sesión, y Las demás que le señalen el Reglamento y otros ordenamientos que rigen el Instituto Electoral. CAPÍTULO III DEL TIPO DE SESIONES Y DE LA CONVOCATORIA

Ver texto oficial del Reglamento de Integración, Funcionamiento y Sesiones de los Consejos Distritales del Instituto Electoral del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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