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Ley
Reglamento de Integración, Funcionamiento y Sesiones de los Consejos Distritales del Instituto Electoral del Distrito Federal
Artículo
84

Artículo 84 del Reglamento de Integración, Funcionamiento y Sesiones de los Consejos Distritales del Instituto Electoral del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si crees que un Consejero Distrital (la persona encargada de organizar las elecciones en tu zona) está haciendo algo mal, puedes presentar una queja por escrito. Tienes 4 días hábiles (días laborales, sin contar sábados, domingos ni festivos) después de enterarte de lo que pasó para hacerlo. La queja la debes entregar directamente en la oficina del Consejero Presidente o en la ventanilla de trámites del Instituto Electoral (la Oficialía de Partes). En ese escrito tienes que incluir: tus datos, a quién va dirigida (al Instituto o al Consejo General), el nombre completo del Consejero que acusas y el distrito al que pertenece, además de explicar claramente qué pasó, dónde y cuándo ocurrió. También debes agregar qué leyes crees que violó, las pruebas que tengas (como documentos, fotos o testigos) y por qué cada prueba sirve para demostrar tu queja. Por último, no olvides firmar el escrito con tu puño y letra, y si alguien más lo firma por ti, debe llevar un documento que demuestre que tiene permiso para hacerlo.

Texto oficial

Artículo 84. El escrito de denuncia mediante el cual se hagan del conocimiento del Consejo General las supuestas irregularidades cometidas por algún Consejero Distrital y, en consecuencia, se solicite el inicio del procedimiento para la imposición de sanciones, deberá presentarse ante la oficina del Consejero Presidente o directamente en la Oficialía de Partes del Instituto Electoral, dentro de los cuatro días hábiles siguientes, contados a partir de aquél en que se tenga conocimiento del hecho o hechos que constituyan la supuesta irregularidad y deberá cumplir con lo siguiente: Estar dirigido al Instituto Electoral, al Consejo General o a la Presidencia del Consejo General con copia para el Secretario Ejecutivo; Contener el nombre y apellidos del denunciante. En caso de que se trate de un partido político o coalición, se deberá indicar el nombre del mismo o, en su caso, la denominación de la misma; Señalar domicilio en el Distrito Federal para oír y recibir notificaciones y documentos y, en su caso, los nombres de las personas autorizadas para tales efectos. De no señalarse domicilio en el Distrito Federal, o de resultar erróneo o inexistente las notificaciones se realizarán por estrados; Señalar el nombre completo del Consejero Distrital probable responsable y el Consejo Distrital del que forma parte; Contener la narración de los supuestos hechos cometidos por el probable responsable que le consten al denunciante, en los que funda su denuncia, así como la fecha en que tuvo conocimiento de los mismos, enumerándolos y exponiéndolos con claridad y precisión, sin omitir ninguna circunstancia de tiempo, modo y lugar; Señalar los preceptos legales que se estimen violados; Señalar las pruebas que junto con la denuncia ofrezca y aporte y tengan relación inmediata y directa con los hechos o actos denunciados, en su caso, la mención de las pruebas que habrán de aportarse hasta antes de cerrada la instrucción, relacionándolas con los hechos o faltas que se imputen y expresar y razonar claramente qué es lo que pretende probar con cada una de ellas, así como la solicitud de las que deban requerirse, cuando el denunciante justifique que habiéndolas solicitado por escrito y oportunamente al órgano competente no le fueron entregadas, y Contener la firma autógrafa del denunciante o de su legítimo representante, quien deberá acompañar las documentales que acrediten su personería.

Ver texto oficial del Reglamento de Integración, Funcionamiento y Sesiones de los Consejos Distritales del Instituto Electoral del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.