Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-interior-comision-lucha-libre-profesional-distrito-federal/22
Ley
Reglamento Interior de la Comisión de Lucha Libre Profesional del Distrito Federal
Artículo
22

Artículo 22 del Reglamento Interior de la Comisión de Lucha Libre Profesional del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las juntas de la Comisión pueden ser de tres tipos: las ordinarias, que son las que ya están programadas; las extraordinarias, que se hacen para tratar un tema urgente; y las solemnes, que son para eventos especiales o formales. Así que dependiendo de lo que se necesite, se elige el tipo de reunión. No hay más chiste: es solo una manera de clasificar las sesiones según su motivo.

Texto oficial

Artículo 22.- Las sesiones de la Comisión podrán ser ordinarias, extraordinarias o solemnes.

Ver texto oficial del Reglamento Interior de la Comisión de Lucha Libre Profesional del Distrito Federal (pág. 7) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.