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- Ley
- Reglamento Interior de las Comisiones de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
- Artículo
- 10
Artículo 10 del Reglamento Interior de las Comisiones de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El artículo 10 dice quién va a ponerse al frente de las juntas de trabajo de la comisión. Ese órgano (que puede ser una persona o un grupo) se encarga de dirigir las reuniones y de que todo esté coordinado. Básicamente, es el que organiza y pone orden en las juntas para que funcionen bien.
Texto oficial
Artículo 10.- es el órgano que dirigirá y coordinará las reuniones de trabajo de la comisión.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.