- Ley
- Reglamento Interior de las Comisiones de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
- Artículo
- 22
Artículo 22 del Reglamento Interior de las Comisiones de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para que tú y los demás diputados asistan a una junta de trabajo, los tienen que invitar por lo menos dos días hábiles antes (48 horas). Esa invitación debe estar firmada por el presidente y el secretario, y también se tiene que publicar la lista de temas a tratar en los estrados, que son los anuncios oficiales del Congreso. Si el asunto es urgente, el presidente puede convocar sin necesidad de esperar las 48 horas. Además, junto con la invitación te tienen que entregar todos los documentos que se van a revisar, discutir y, si es el caso, aprobar en esa reunión.
Texto oficial
Artículo 22.- La convocatoria respectiva para la reunión de trabajo deberá hacerse llegar a los diputados integrantes y al diputado proponente que presentó la iniciativa o proposición con o sin punto de acuerdo cuando menos con cuarenta y ocho horas de anticipación, ésta deberá ser firmada por el presidente y el Secretario. Asimismo, se fijará el orden del día en los estrados de la Asamblea salvo en los casos considerados urgentes en los que podrá convocar sólo el primero. A la convocatoria se adjuntarán los documentos que se analizarán, discutirán y en su caso, se aprobaran en la reunión de trabajo respectiva.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.