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Ley
Reglamento Interior de las Comisiones de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Artículo
37

Artículo 37 del Reglamento Interior de las Comisiones de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando alguien quiera hablar en una reunión o asamblea, tiene que hacerlo en persona, hablando directamente y no por escrito. Debes ser respetuoso, breve y claro, y solo hablar del tema que se está discutiendo, sin desviarte. Tu participación no puede durar más de 10 minutos, a menos que todos estén de acuerdo en darte más tiempo.

Texto oficial

Artículo 37.- Las intervenciones deberán ser personalmente, de viva voz, en forma respetuosa, concisa y clara, con la limitante de ceñirse exclusivamente al tema que se discute, misma que no excederá de 10 minutos, salvo acuerdo en contrario por ;

Ver texto oficial del Reglamento Interior de las Comisiones de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.