- Ley
- Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México
- Artículo
- 101
Artículo 101 del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las comisiones especiales de investigación solo pueden investigar los hechos específicos que les indique el Pleno del Consejo (que es el grupo de personas que toman las decisiones importantes). No pueden irse por las ramas ni investigar otras cosas. Además, deben hacer un reporte escrito, llamado acta circunstanciada, donde expliquen paso a paso todo lo que encontraron y cómo lo investigaron. Esto es como un acta de hechos detallada que sirve para dejar constancia oficial de lo que pasó.
Texto oficial
Artículo 101.- Las comisiones especiales de investigación llevarán a cabo la investigación concretándose a los hechos específicos que determine el Pleno del Consejo, de lo cual deberá levantarse acta circunstanciada.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.