- Ley
- Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México
- Artículo
- 130
Artículo 130 del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si no estás de acuerdo con una decisión de una autoridad, tienes 5 días hábiles (sin contar sábados, domingos ni días festivos) para presentar tu queja o apelación. El plazo empieza a correr al día siguiente de que te notifiquen oficialmente la resolución que quieres impugnar. Para hacerlo, debes cumplir con los requisitos que marca la ley. Además, es obligatorio que proporciones una dirección en la Ciudad de México donde te puedan localizar.
Texto oficial
Artículo 130.- La persona recurrente dispondrá de un término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente hábil a la notificación de la resolución recurrida, para interponer el recurso, conforme a los requisitos que establece para tal efecto la Ley Orgánica; debiendo señalar invariablemente un domicilio para su localización en la Ciudad de México.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.