- Ley
- Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México
- Artículo
- 20
Artículo 20 del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para que un acuerdo sea válido, se necesita el voto de más de la mitad de las personas que forman parte del grupo, pero solo si están presentes todos sus miembros. Si no están todos, entonces se necesita el voto de más de la mitad de los integrantes totales del grupo, sin importar quiénes falten.
Texto oficial
Artículo 20.- Para la validez de los Acuerdos será necesario el voto de la mayoría de sus integrantes, siempre y cuando esté presente la totalidad de sus miembros. En caso contrario, se requerirá mayoría absoluta, entendida ésta, como la que consta de más de la mitad de los votos de sus integrantes.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.