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Ley
Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México
Artículo
25

Artículo 25 del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Pleno del Consejo (que es el grupo de personas más importantes que toman decisiones) le va a decir a la Secretaria General que publique unos acuerdos generales, que son como reglas o decisiones importantes que aplican para todos. Estos acuerdos deben darse a conocer en tres lugares: el Boletín Judicial (un periódico oficial del Poder Judicial), el Portal de Internet del Poder Judicial (su página web) y, si se necesita, también en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México (otro diario oficial del gobierno de la ciudad). Esto es para que cualquier persona pueda enterarse de lo que se decidió.

Texto oficial

Artículo 25.- El Pleno del Consejo ordenará a la Secretaria General, la publicación de los Acuerdos de carácter general que, por virtud de lo dispuesto en las leyes y normas correspondientes, deben hacerse públicas en el Boletín Judicial del Poder Judicial, en el Portal de Internet del Poder Judicial, y de ser el caso, en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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