- Ley
- Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México
- Artículo
- 26
Artículo 26 del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 26 dice que todas las decisiones o acuerdos que tome el Consejo deben hacerse públicas. Esto significa que la gente tiene derecho a conocerlos, siguiendo las reglas de transparencia y acceso a la información de la Ciudad de México. También deben cumplir con las leyes que protegen los datos personales, para que no se exponga información privada de nadie. En pocas palabras, lo que el Consejo decida debe ser público, pero cuidando la privacidad de las personas.
Texto oficial
Artículo 26.- Los Acuerdos y resoluciones aprobados por el viento del Consejo, deberán publicarse de con la legislación vigente en la Ciudad de Marco en materia de Transparencia, Acceso a la Información Publica u Rendición de Cuentas, así como en materia de Protección de Datos Personales. CAPITULO II DE LAS COMISIONES SECCION PRIMERA DISPOSICIONES GENERALES
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.