- Ley
- Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México
- Artículo
- 30
Artículo 30 del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo va a tener al menos dos grupos fijos de trabajo que nunca dejarán de existir. Uno es la Comisión de Disciplina Judicial, que se encarga de vigilar y sancionar a jueces o empleados del Poder Judicial si hacen algo mal. El otro es la Comisión de Administración y Presupuesto, que ve todo lo relacionado con el dinero, los gastos y los recursos del Consejo. Estas comisiones son permanentes, o sea, siempre van a estar activas, no se echan para atrás.
Texto oficial
Artículo 30.- El Consejo contará por lo menos con des Comisiones permanentes que serán: I. La Comisión de Disciplina Judicial II. La Comisión de Administración y Presupuesto.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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