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Ley
Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México
Artículo
31

Artículo 31 del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Pleno del Consejo (que es como el grupo de personas que toma las decisiones más importantes) va a dar el visto bueno a las reglas o manuales de trabajo que necesita cada una de las Comisiones Permanentes (los equipos fijos que hacen labores específicas). Es decir, ellos deciden cómo se van a organizar y operar esos equipos por dentro.

Texto oficial

Artículo 31.- El Pleno del Consejo aprobará la normatividad administrativa interna necesaria de cada una de las Comisiones Permanentes.

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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