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Ley
Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México
Artículo
43

Artículo 43 del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

En la reunión solo se hablarán y votarán los temas que están anotados en el programa del día. La Comisión de Administración y Presupuesto puede quitar algún tema de esa lista o posponerlo para después, si necesita estudiarlo mejor. Cuando lo decidan los miembros de la Comisión, ese tema se tendrá que poner otra vez en el orden del día para su futura discusión.

Texto oficial

Artículo 43.- Durante la sesión serán discutidos y votados los asuntos contenidos en el orden del día. La Comisión de Administración y Presupuesto podrá retirar algún asunto en particular del orden del día, o bien, aplazar su discusión o votación, para un mejor estudio, mismo que deberá ser listado nuevamente cuando así lo determinen las y los integrantes de la propia Comisión.

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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