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Ley
Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México
Artículo
58

Artículo 58 del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Pleno del Tribunal (todos los jueces que lo conforman) es el encargado de elegir a las consejeras y consejeros mencionados antes. Esta elección se hará según las reglas que ellos mismos definan en un documento oficial llamado Acuerdo. En pocas palabras, los jueces deciden quiénes ocuparán esos puestos y cómo lo harán, todo por escrito para que quede claro.

Texto oficial

Artículo 58.- El proceso de designación de las Consejeras y los Consejeros a que se refiere el artículo anterior, estará a cargo del Pleno del Tribunal, conforme a las bases que al efecto se establezcan en el Acuerdo correspondiente. CAPÍTULO VI DE LA SECRETARÍA GENERAL

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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