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Ley
Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México
Artículo
59

Artículo 59 del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La persona que esté a cargo de la Secretaría General va a ser como el jefe o jefa de la oficina en todo lo que tenga que ver con asuntos administrativos. Su chamba será dirigir el trabajo diario siguiendo las instrucciones que le den, ya sea por un acuerdo de todo el Consejo, por el Presidente o Presidenta, o por algún Consejero o Consejera, ya sea que trabajen en grupo o solos. En otras palabras, esta persona se encarga de organizar y supervisar que se cumplan las tareas que se le asignen desde arriba.

Texto oficial

Artículo 59.- La persona titular de la Secretaría General, será la o el jefe de la oficina en el orden administrativo y dirigirá las labores de la misma conforme a las instituciones que, por Acuerdo del Pleno del Consejo, su Presidenta o Presidente, o sus Consejeras o Consejeros, ya sea en Comisión o unitariamente, les sean giradas.

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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