- Ley
- Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México
- Artículo
- 59
Artículo 59 del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La persona que esté a cargo de la Secretaría General va a ser como el jefe o jefa de la oficina en todo lo que tenga que ver con asuntos administrativos. Su chamba será dirigir el trabajo diario siguiendo las instrucciones que le den, ya sea por un acuerdo de todo el Consejo, por el Presidente o Presidenta, o por algún Consejero o Consejera, ya sea que trabajen en grupo o solos. En otras palabras, esta persona se encarga de organizar y supervisar que se cumplan las tareas que se le asignen desde arriba.
Texto oficial
Artículo 59.- La persona titular de la Secretaría General, será la o el jefe de la oficina en el orden administrativo y dirigirá las labores de la misma conforme a las instituciones que, por Acuerdo del Pleno del Consejo, su Presidenta o Presidente, o sus Consejeras o Consejeros, ya sea en Comisión o unitariamente, les sean giradas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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