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Ley
Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México
Artículo
77

Artículo 77 del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión de Administración y Presupuesto es la encargada de decidir si te aprueban o no una licencia de hasta 90 días seguidos. Durante ese tiempo, te pagan tu sueldo normal como si estuvieras trabajando. Puedes pedir esta licencia si eres empleado del Poder Judicial y necesitas hacer los trámites para tramitar tu jubilación (pre-jubilatorios). Básicamente, te dan tiempo libre con sueldo para que puedas arreglar todo antes de jubilarte.

Texto oficial

Artículo 77.- La Comisión de Administración y Presupuesto, resolverá respecto de las solicitudes de licencia por noventa días naturales, con goce de sueldo, que formulen las personas servidoras públicas del Poder Judicial, para la realización de trámites pre-jubilatorios.

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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