- Ley
- Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México
- Artículo
- 79
Artículo 79 del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Solo los trabajadores de base (los que tienen plaza fija) pueden pedir una licencia, que es un permiso para no ir a trabajar por un tiempo sin perder su empleo. Para que te la den, tienes que seguir lo que digan las reglas internas de tu trabajo. Además, solo aplica en los casos que la Ley Orgánica ya tiene contemplados. O sea, no puedes pedirla por cualquier motivo, solo por los que la ley ya permite.
Texto oficial
Artículo 79.- Solamente serán susceptibles de disfrutar licencia las personas servidoras públicas de base, en términos de las Condiciones Generales de Trabajo, solo los casos previstos por la Ley Orgánica.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.