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Ley
Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México
Artículo
80

Artículo 80 del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Pleno del Consejo, que es el grupo de personas encargadas de tomar las decisiones más importantes, revisará los casos de permisos o licencias que no estén contemplados en estas reglas. Para resolverlos, emitirá acuerdos especiales que se adapten a cada situación. El objetivo es que el servicio público no se interrumpa y se cubran las necesidades que surjan. En pocas palabras, si tu caso no está en el reglamento, ellos deciden cómo ayudarte para que todo siga funcionando.

Texto oficial

Artículo 80.- El Pleno del Consejo resolverá las solicitudes de licencia no previstas en estas disposiciones, mediante Acuerdos específicos que permitan atender las necesidades y continuidad del servicio.

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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