- Ley
- Reglamento Interior INE CDMX
- Artículo
- 13
Artículo 13 del Reglamento Interior INE CDMX
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los representantes de los partidos políticos tienen derecho a pedir ayuda al Instituto Electoral para hacer bien su trabajo en las reuniones, comisiones o comités. También pueden proponer a las personas que trabajarán en su oficina, siempre y cuando lo hagan ante las autoridades indicadas. Pueden dar su opinión libre sobre los temas que se discutan en las sesiones, y pueden cambiarse entre ellos (titulares y suplentes) durante las juntas. Además, tienen otras obligaciones o derechos que les dé el reglamento del Instituto.
Texto oficial
Artículo 13. En concordancia con las atribuciones señaladas en el Código corresponde a las representaciones de los partidos políticos lo siguiente: Solicitar, para el adecuado desempeño de sus funciones como integrantes del Consejo General, de las Comisiones y de los Comités, la colaboración de los órganos del Instituto Electoral, a través de la Secretaría Ejecutiva o Administrativa, según corresponda; Proponer ante las instancias correspondientes, al personal que deberá adscribirse a su oficina; Manifestarse libremente sobre los temas que se traten en las sesiones; Sustituirse durante el desarrollo de las sesiones, propietarias o propietarios y suplentes; y Las demás que les confiera la normativa que rige al Instituto Electoral. SECCIÓN SEXTA De las Invitadas e Invitados Permanentes
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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