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Ley
Reglamento Interior INE CDMX
Artículo
41

Artículo 41 del Reglamento Interior INE CDMX

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 41 dice lo que debe hacer la Secretaria o el Secretario del Órgano Desconcentrado (una oficina del Instituto Electoral). Básicamente, su trabajo es cumplir con las reglas y programas del Instituto, seguir las instrucciones de sus jefes, y reportar cómo va todo. También deben asesorar legalmente a su oficina local, ayudar a capacitar a la gente sobre elecciones, y responder las dudas de los ciudadanos sobre sus derechos políticos. Por último, tienen que cuidar los archivos, sacar copias certificadas de documentos, y apoyar en lo que sea necesario.

Texto oficial

Artículo 41. Son atribuciones de la Secretaria o del Secretario del Órgano Desconcentrado: Ejecutar, en el ámbito de su competencia, las políticas y programas generales y particulares del Instituto Electoral, así como las labores específicas que le asigne su Titular del Órgano Desconcentrado; Cumplir, en el ámbito de su competencia, los acuerdos del Consejo General e informar sobre la observancia de los mismos a su Titular del Órgano Desconcentrado; Cumplir con las instrucciones del Consejo General, de las Comisiones, de la Junta, de la Secretaría Ejecutiva y de su Titular del Órgano Desconcentrado; Cumplir cuando, así corresponda, con las tareas que en materia de organización electoral le encomiende su Titular del Órgano Desconcentrado; Informar a su Titular del Órgano Desconcentrado sobre el desarrollo de sus actividades; Asesorar jurídicamente a la Dirección Distrital de su adscripción y dar fe pública de los actos o hechos de naturaleza electoral que ocurran en la Ciudad de México, de conformidad con lo que determine la Secretaría Ejecutiva; Colaborar con su Titular del Órgano Desconcentrado en la implementación de los Programas de Capacitación Electoral y de Educación Cívica y Construcción de Ciudadanía; Atender las consultas jurídicas de las ciudadanas y los ciudadanos que acudan a la respectiva Dirección Distrital, en cuanto a la protección de sus derechos-político electorales y sobre temas de justicia electoral llevándose una bitácora de la misma y su resultado; Coordinar y supervisar la integración, operación y actualización del archivo de la Dirección Distrital, que estará bajo su resguardo físico y legal; Apoyar a la o a el Titular del Órgano Desconcentrado en las gestiones administrativas; Expedir copia certificada, previo cotejo y compulsa de todos aquellos documentos que obren en los archivos de la Dirección Distrital de su adscripción; Atender, en el ámbito de su competencia, por conducto de la Unidad de Apoyo Logístico, los requerimientos de información de las áreas centrales, de conformidad con los flujos de comunicación e información establecidos por la Secretaría Ejecutiva; Acordar con la o el Titular del Órgano Desconcentrado los asuntos de su competencia; y Las demás que les confiera la normativa que rige al Instituto Electoral.

Ver texto oficial del Reglamento Interior INE CDMX (pág. 1) ↗

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