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Ley
Reglamento Interior del Tribunal Electoral de la Ciudad de México
Artículo
29

Artículo 29 del Reglamento Interior del Tribunal Electoral de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría Técnica es como un ayudante de la Secretaría General del Tribunal. Se encarga de escribir las actas de las juntas y los acuerdos que tomen los magistrados, y también de atender las correcciones que ellos hagan. Además, revisa que los proyectos del plan anual del Tribunal vayan avanzando y da seguimiento a los asuntos que el Pleno pida enviar a otras áreas para que se atiendan a tiempo. También organiza las carpetas con copias de los proyectos de sentencia antes de las sesiones, y saca certificaciones cuando se necesiten. Por último, elabora las listas de asuntos a resolver, prepara los avisos y órdenes del día, y cubre temporalmente al jefe de la Secretaría General cuando falte.

Texto oficial

Artículo 29. La Secretaría Técnica auxiliará y apoyará a la Secretaría General en el ejercicio de las atribuciones siguientes: I. Elaborar las actas de las Sesiones y Reuniones del Pleno, así como de los acuerdos derivados de sus determinaciones y, en su caso, atender las observaciones que sobre el particular formulen las Magistradas y los Magistrados; II. Verificar la continuidad de los proyectos de la Secretaría General contenidos en el Programa Operativo Anual del Tribunal, del año que corresponda; III. Verificar y dar seguimiento a los asuntos que el Pleno instruya se canalicen a los órganos o áreas del Tribunal, para su adecuada y oportuna atención; IV. Registrar cronológicamente las Sesiones y Reuniones del Pleno; V. Integrar las carpetas que contengan las copias de los proyectos de sentencia de los asuntos listados y verificar que se distribuyan oportunamente a las Magistradas y los Magistrados, antes de la sesión correspondiente; VI. Formular y expedir las certificaciones de las constancias que se requieran; VII. Elaborar el listado de asuntos a resolver en cada sesión; VIII. Elaborar y distribuir oportunamente, tanto los proyectos del orden del día como los avisos de sesión, de los asuntos a desahogarse en las Reuniones y Sesiones, respectivamente; IX. Elaborar los informes que sean requeridos a la Secretaría General; X. Realizar los trabajos derivados de la inserción de votos particulares o engroses de las sentencias dictadas por el Pleno; XI. Suplir las ausencias temporales de la persona titular de la Secretaría General, y XII. Aquellas que se determinen en la legislación y la normativa interna aplicable, así como las que la instancia jerárquicamente superior le encomiende en relación con su puesto.

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Tribunal Electoral de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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