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Ley
Reglamento Interior del Tribunal Electoral de la Ciudad de México
Artículo
36

Artículo 36 del Reglamento Interior del Tribunal Electoral de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Aquí te va la explicación: Durante las elecciones y otros procesos donde la gente participa, las oficinas donde entregas documentos y los mensajeros oficiales (actuarios) trabajan las 24 horas del día, solo para atender asuntos relacionados con esos procesos. Cuando no hay elecciones, la oficina de documentos solo abre en días hábiles, que son de lunes a viernes (excepto los días festivos o que el Pleno, que es el grupo de jueces, haya marcado como no laborales), de 9 de la mañana a 7 de la tarde sin cerrar. Pero si es el último día para entregar una demanda de amparo o una queja electoral federal, ese día cuenta como de 24 horas, o sea, puedes entregar hasta la medianoche. También cuentan como de 24 horas los días que sean el último para entregar papeles que te pidió un juez, si el plazo se vence después de las 7 de la tarde. El horario exacto de estas oficinas lo decide la Secretaría General, de acuerdo con el Pleno.

Texto oficial

Artículo 36. En las etapas de los procesos electorales y de participación ciudadana, la Oficialía de Partes y la Oficina de Actuaría funcionarán las veinticuatro horas del día, conforme al rol de guardias de su personal y atendiendo a las cargas de trabajo, únicamente para la atención de los asuntos vinculados a dichos procesos. Fuera de los procesos antes referidos, la Oficialía de Partes funcionará solamente los días hábiles, debiendo entenderse por tales, de lunes a viernes a excepción de los que determinen las leyes o el Pleno mediante acuerdo; en un horario ininterrumpido de las nueve a las diecinueve horas, excepto los días de término para la presentación de demandas de amparo y medios de impugnación en materia electoral de competencia federal, los cuales deberán entenderse de veinticuatro horas naturales. Asimismo, se entenderán de veinticuatro horas naturales aquellos días en los que esté señalado término para el desahogo de requerimientos o vistas ordenados por la Magistrada o Magistrado Instructor, siempre y cuando el vencimiento ocurra después de las diecinueve horas y se trate del último día. El horario de labores de la Oficialía de Partes para la recepción de documentos, de la Oficina de Actuaría, así como del personal adscrito a dicha área será el que determine la Secretaría General, previo acuerdo con el Pleno.

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Tribunal Electoral de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.