Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-interior-tribunal-electoral/51
- Ley
- Reglamento Interior del Tribunal Electoral de la Ciudad de México
- Artículo
- 51
Artículo 51 del Reglamento Interior del Tribunal Electoral de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Se eliminó este artículo de la ley, así que ya no es válido ni se aplica. Cuando una ley dice "se deroga", significa que ese texto ya no tiene ningún efecto legal. Por lo tanto, no debes preocuparte por lo que decía antes, porque ya no existe.
Texto oficial
Artículo 51. Se deroga.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.