- Ley
- Reglamento Interior del Tribunal Electoral de la Ciudad de México
- Artículo
- 54
Artículo 54 del Reglamento Interior del Tribunal Electoral de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El jefe de la Dirección de Auditoría, Control y Evaluación (que trabaja para la Contraloría) tiene varias tareas importantes. Entre ellas, se encarga de revisar cómo se manejan y gastan los recursos del Tribunal, asegurarse de que los sistemas de control interno funcionen bien, y proponer un plan de auditorías. También debe hacer que se cumplan esas auditorías, dar seguimiento a las observaciones que surjan hasta que se resuelvan, y guardar todos los documentos relacionados. Además, puede pedir información a cualquier área del Tribunal o a proveedores, y evalúa que los planes y el presupuesto estén alineados y se cumplan correctamente.
Texto oficial
Artículo 54. La persona titular de la Dirección de Auditoría, Control y Evaluación, adscrita a la Contraloría, tiene las atribuciones siguientes: I. Coordinar las labores de fiscalización del manejo, custodia y aplicación de recursos; II. Revisar el adecuado funcionamiento de los sistemas de control interno del Tribunal, así como emitir opinión sobre su eficiencia y eficacia; III. Proponer a la o el Contralor Interno los contenidos del Programa Interno de Auditoría; IV. Realizar los actos tendentes a la ejecución del Programa Interno de Auditoría; V. Verificar la realización de las auditorías, revisiones específicas y/o auditorías especiales; VI. Realizar las acciones correspondientes al seguimiento de las observaciones, recomendaciones y demás acciones que deriven de las auditorías que determine la Contraloría, hasta su solventación; VII. Someter a la o el Contralor Interno los casos que ameriten el inicio de procedimientos de responsabilidades administrativas, que deriven de los resultados de las auditorías; VIII. Informar a la o el Contralor Interno el avance en la ejecución del Programa Interno de Auditoría, así como los resultados de las auditorías; IX. Resguardar los documentos resultantes de las auditorías y revisiones; X. Requerir fundada y motivadamente a los órganos, áreas, unidades y personas servidoras públicas del Tribunal, así como a personas proveedoras, contratistas y prestadoras de servicios, la información y documentación necesaria, para el debido cumplimiento de sus funciones; XI. Revisar los procesos de planeación, programación y presupuestación del Tribunal, a fin de comprobar el cumplimiento de las disposiciones en la materia y, en su caso, proponer las recomendaciones necesarias para ello; XII. Evaluar la consistencia de la información programática, presupuestal y financiera del Tribunal, de ésta con las fuentes contables y la solidez de los sistemas y procedimientos que se siguen para producirla; XIII. Evaluar el ejercicio del presupuesto y elaborar las recomendaciones que procedan; XIV. Evaluar la consistencia entre los objetivos, programas, subprogramas y proyectos del Tribunal, las metas en ellos establecidas y con la asignación del presupuesto; verificar el cumplimiento de los programas y del presupuesto; participar en el diseño de indicadores de gestión y elaborar las recomendaciones que procedan; XV. Apoyar a la o el Contralor Interno en la elaboración de los informes que éste debe presentar al Pleno sobre el desempeño físico financiero de los proyectos a cargo del Tribunal; XVI. Coordinar la elaboración del Programa Operativo Anual de la Contraloría y vigilar su cumplimiento; XVII. Elaborar los reportes e informes que requiera la Auditoría Superior de la Ciudad de México, dando seguimiento a las observaciones implementadas hasta su total cumplimiento; XVIII. Verificar que la disponibilidad de recursos reportada en los estados financieros corresponda al avance en el ejercicio presupuestal; XIX. Verificar el cumplimiento de los objetivos y metas fijados en los programas presupuestales a cargo del Tribunal, informando a la o el Contralor Interno las deficiencias o desviaciones que detecte; XX. Coadyuvar con la Secretaría Administrativa en la actualización del Manual de Políticas y Procedimientos para el Otorgamiento y Administración del Fondo Revolvente; XXI. Solicitar a la Secretaría Administrativa información sobre el avance programático del presupuesto de egresos del Tribunal de manera mensual; XXII. Participar como representante de la Contraloría en Comités y reuniones de trabajo relacionadas con los procesos de planeación y presupuestación y aquellas relacionadas con el tema de transparencia, información pública y datos personales; XXIII. Atender las solicitudes de información de los órganos o áreas del Tribunal, en los asuntos de su competencia, y XXIV. Aquellas que se determinen en la legislación y la normativa interna aplicable. CAPÍTULO X DE LA DEFENSORÍA CIUDADANA
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.