- Ley
- Reglamento Interior del Tribunal Electoral de la Ciudad de México
- Artículo
- 70
Artículo 70 del Reglamento Interior del Tribunal Electoral de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 70 dice qué debe hacer la persona encargada de la comunicación del Tribunal. Su trabajo principal es dar a conocer lo que hace el Tribunal, como cubrir eventos, atender a medios y redes sociales, y responder dudas de la ciudadanía y periodistas, siempre guardando la información que sea secreta por ley. También se encarga de manejar las redes sociales y el sitio web del Tribunal, con ayuda de otras áreas. Además, apoya a la o el Presidente del Tribunal en eventos y define cómo mejorar la comunicación, siempre cuidando el presupuesto. Por último, debe coordinarse con todas las áreas para que se sepa qué hacen y proponer qué información compartir con los medios.
Texto oficial
Artículo 70. Además de las atribuciones conferidas en el Código, la persona titular de la Coordinación de Comunicación Social y Relaciones Públicas tiene las siguientes: I. Dar cobertura, cuando esto sea requerido, a los cursos, seminarios, talleres, foros, presentaciones de libros y demás actos relacionados con los órganos electorales o que involucren información de interés para el Tribunal; II. Captar, analizar, procesar y difundir la información proveniente de los medios de comunicación electrónicos y redes sociales que resulten de interés para el Tribunal; III. Atender oportunamente los requerimientos de información de los medios de comunicación y de la ciudadanía sobre los asuntos del Tribunal, sin vulnerar la reserva que sobre los mismos establezca la ley; IV. Coadyuvar con la Coordinación de Difusión y Publicación en el desarrollo de contenidos para el sitio web del Tribunal, con el apoyo técnico de la Unidad de Servicios Informáticos; V. Coordinar, diseñar y actualizar los contenidos de las redes sociales del Tribunal, con el apoyo de la Unidad de Servicios Informáticos; VI. Coadyuvar con la Coordinación de Difusión y Publicación en la organización y actualización del banco de información y la evidencia documental y fotográfica relacionada con el quehacer institucional; VII. Auxiliar a la Magistrada o el Magistrado Presidente en la participación en foros y eventos para las labores de posicionamiento y difusión del Tribunal; VIII. Determinar cualitativa y cuantitativamente las estrategias de comunicación social y relaciones públicas, de conformidad con las disposiciones presupuestales que determine la Secretaría Administrativa, así como someter los resultados a la consideración de la Magistrada o el Magistrado Presidente; IX. Coordinarse con todos los órganos y áreas del Tribunal para dar a conocer ante los medios de comunicación los objetivos, funciones, responsabilidades y logros de cada una de ellas; X. Proponer a la Magistrada o el Magistrado Presidente todo lo relativo a la información que deba allegarse a los medios de comunicación, sobre las actividades del Tribunal, y XI. Las demás que le confieren las disposiciones aplicables o le encomienden el Pleno o la Magistrada o el Magistrado Presidente.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.