- Ley
- Reglamento Interior del Tribunal Electoral de la Ciudad de México
- Artículo
- 76
Artículo 76 del Reglamento Interior del Tribunal Electoral de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que los cursos del Instituto de Capacitación deben ayudar a que el personal del Tribunal aprenda mejor su trabajo. Para lograrlo, esos cursos enseñarán cosas como: los pasos prácticos de los trámites del Tribunal, cómo mejorar en las actuaciones legales, y mantener actualizados los conocimientos sobre leyes electorales de México y del mundo. También se enfocarán en técnicas para analizar pruebas, argumentar y redactar decisiones legales. Además, promoverán el buen servicio público, la igualdad de género, el respeto a los derechos humanos y la cultura democrática para la ciudadanía.
Texto oficial
Artículo 76. Los programas del Instituto de Capacitación tendrán como objetivo lograr que el personal del Tribunal fortalezca los conocimientos y habilidades necesarios para el adecuado desempeño de sus funciones. Para tal fin, el Instituto de Capacitación establecerá los programas y cursos que: I. Desarrollen el conocimiento práctico de los trámites, diligencias y actuaciones que forman parte de los procedimientos y asuntos de la competencia del Tribunal, así como los conocimientos teóricos en las diversas disciplinas relacionadas con el derecho electoral; II. Perfeccionen las habilidades y técnicas en materia de preparación y ejecución de actuaciones jurisdiccionales; III. Refuercen, actualicen y profundicen los conocimientos respecto del ordenamiento jurídico internacional y nacional, doctrina y jurisprudencia en materia electoral; IV. Proporcionen y desarrollen técnicas de análisis, argumentación, interpretación y valoración de las pruebas aportadas en los procedimientos, así como la práctica de las actuaciones y el dictado de resoluciones jurisdiccionales; V. Difundan las técnicas de organización, sustanciación y resolución inherentes a la función jurisdiccional electoral; VI. Contribuyan al desarrollo de la vocación de servicio, así como al ejercicio de los valores y principios jurídicos y éticos inherentes al servicio público, con perspectiva de género y enfoque de derechos humanos, y VII. Desarrollen el conocimiento profesional y técnico del personal para la realización de cualquier actividad necesaria para el buen funcionamiento del Tribunal, así como para contribuir a la creación de la cultura de la democracia y legalidad para la ciudadanía de esta entidad. CAPÍTULO XIII DE LAS UNIDADES DEL TRIBUNAL
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.