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Ley
Reglamento Interior del Tribunal Electoral de la Ciudad de México
Artículo
77

Artículo 77 del Reglamento Interior del Tribunal Electoral de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La persona que preside el Tribunal (la o el Magistrado Presidente) va a sugerir a todo el Pleno (los demás jueces) quién debe ser nombrado o quitado del puesto de Director de las Unidades. Para poder ser Director, necesitas tener los estudios y la experiencia laboral que pide el Manual de Organización y Funcionamiento del Tribunal. Antes de que te nombren, la Secretaría Administrativa revisa y da su opinión sobre si cumples con esos requisitos.

Texto oficial

Artículo 77. La Magistrada o el Magistrado Presidente, propondrá al Pleno el nombramiento o remoción de las o los Directores de las Unidades. Para ocupar estos cargos, se deberán cumplir con los requisitos académicos y laborales previstos en el Manual de Organización y Funcionamiento del Tribunal, previo dictamen de la Secretaría Administrativa.

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Tribunal Electoral de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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